Residuos

Desde tiempos inmemoriales se ha considerado al mar como el receptor de los desechos generados por la actividad humana, tanto en tierra como en el propio mar. El efecto acumulativo en el tiempo, así como el aumento de los residuos, tanto en cantidad como en efecto nocivo, están agotando la capacidad de regeneración biológica de los mares y océanos. La contaminación marítima causada por el uso humano de los mares causa alteraciones en el ecosistema oceánico de tal forma que los efectos retornarán al ser humano en forma de contaminación de alimentos, alteración de las costas, etc.

A partir de las grandes catástrofes producidas en nuestros mares y océanos, se ha creado una fuerte conciencia social sobre los graves efectos contaminantes de un derrame accidental o intencionado de hidrocarburos y otros productos semejantes, pero no se tiene en cuenta el grave daño que ocasionan los desechos generados por los buques debido a su actividad diaria y que se vierten directamente al mar, como las aguas de sentinas, las aguas negras o los residuos sólidos.

Este daño medioambiental puede ser evitado entregando estos desechos en un puerto en el que hagan escala y tratándolos para su posterior entrega a una instalación de reciclaje o eliminación, su vertido al alcantarillado público o incluso al mar, una vez cumplan los requisitos medioambientales necesarios para ello. Además, muchos de estos desechos pueden valorizarse y reciclarse, disminuyendo el coste medioambiental asociado a los mismos.

El Convenio MARPOL 73/78 es un acuerdo internacional, ratificado por una gran cantidad de países, entre ellos España, para evitar la contaminación de mares y océanos producida por el tráfico marítimo y por los posibles derrames de aceites/hidrocarburos u otras sustancias nocivas.

Salvo autorización expresa de Capitanía Marítima, todos los buques deben hacer entrega de los desechos que hayan generado antes de abandonar el puerto, a menos que el Capitán pueda demostrar que dispone de una capacidad de almacenamiento suficiente a bordo hasta la siguiente escala en un puerto que disponga de instalaciones adecuadas de recepción.

Para la Autoridad Portuaria, la protección del medio marino constituye una de sus prioridades medioambientales y, en ese sentido, ha regulado la prestación del servicio portuario de recogida de residuos, conforme al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques “MARPOL”, y a la legislación vigente. Ha establecido las prácticas de operación y control, y la entrega de residuos por los buques a las instalaciones portuarias receptoras para una correcta gestión ambiental, que salvaguarden nuestros entornos marinos.

Por otra parte, la APA, en su compromiso de liderar algunas actuaciones dirigidas a cumplir los Objetivos de Sostenibilidad de la Agenda 2030, está trabajando en la mejora de la gestión de los residuos generados en el espacio portuario. Al tratarse de una responsabilidad compartida con los usuarios del puerto, los esfuerzos deben ir dirigidos a reducir tanto la entrada de los materiales como la producción de desechos, cerrando los bucles o flujos económicos y ecológicos de los distintos recursos, principios básicos de la economía circular